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Parir con Placer / Observatorio de Violencia Ginecobstétrica de Venezuela
En 2007, Venezuela dio un paso pionero al tipificar la Violencia Obstétrica en su legislación, reconociéndola como una forma específica de violencia contra las mujeres. Este avance, plasmado desde su creación en 2007 en el artículo 51 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, colocó al país en la vanguardia regional. Sin embargo, dieciséis años después, la realidad muestra una profunda paradoja: aunque el marco legal existe, su aplicación efectiva sigue siendo una deuda pendiente. En medio de una emergencia humanitaria compleja, la VGO[1] no solo persiste, sino que se ha agudizado, enfrentando barreras estructurales que van desde la falta de insumos hasta la ausencia de reglamentación.
La ley reconoce la VO como delito, pero no establece mecanismos para denunciarla, investigarla ni sancionarla. Sin un reglamento específico, el artículo 51 se convierte en letra incierta. Las gestantes que sufren prácticas como episiotomías, ruptura de membranas o limpieza uterina sin anestesia ni consentimiento, partos vaginales forzados o cesáreas innecesarias no saben dónde acudir: ¿al CICPC, al Ministerio Público, al Colegio de Médicos? Esta confusión procesal, sumada a la revictimización y la falta de garantías, hace que muchas opten por no denunciar o abandonen sus intentos en el camino.
De la misma manera, no existen sanciones claras ni protocolos hospitalarios uniformes. La formación de las facultades de medicina y ciencias de la salud no incluyen contenidos sobre parto humanizado, derechos sexuales y reproductivos, enfoque de género ni prevención de la VGO. Al mismo tiempo, los sistemas de monitoreo estadístico no son suficientes para dimensionar la problemática. En contraste, países como Argentina han avanzado en reglamentaciones que sí contemplan sanciones graduales y mecanismos de reparación integral.
La crisis de salud ha generado una forma peculiar de medicalización. No se trata de exceso de tecnología, sino de una respuesta institucional que, ante la escasez, opta por procedimientos rápidos y estandarizados. Las “cesáreas express” se programan masivamente para optimizar gestiones[2], mientras los partos se realizan en silencio, sin analgesia ni acompañamiento emocional, aún contraviniendo lo que el Decreto Constituyente para la Promoción y Protección del Parto y el Nacimiento Humanizado (2018) establece en el artículo 16, el derecho de la gestante a estar acompañada por una persona de su elección. En este contexto, el consentimiento informado se vulnera sistemáticamente. La dignidad se ve comprometida no sólo por la falta de insumos, sino por la ausencia de comunicación honesta sobre las limitaciones del sistema y la información necesaria sobre los procedimientos que se realizan.
Las condiciones límite en las que se atienden emergencias obstétricas como eclampsia o hemorragias posparto han disparado la mortalidad materna en un 300% entre 2015 y 2022 (OMS). Ante esta realidad, se vuelve urgente capacitar al personal en protocolos de comunicación en crisis, que permitan explicar con empatía y sin crueldad lo que sí puede ofrecerse.
Aunque el panorama es complejo, existen alternativas viables que pueden implementarse incluso en medio de la crisis. Algunas de ellas incluyen:
- Protocolos de contingencia que prioricen lo básico y que se encuentran en la Norma de Salud Sexual y Reproductiva (2013) del MPP Salud y las recomendaciones de la OMS (1998, 2014, 2018): no estandarizar la atención, evitar las prácticas rutinarias, eliminar las que carecen de evidencia científica de su efectividad, promover el acompañamiento durante todo el proceso, no separar a la madre de su bebé para promover el apego oportuno y una comunicación transparente durante todo el proceso de atención.
- También es necesaria la creación, difusión y educación a través de cartillas de derechos y realidades, que informen a las usuarias sobre lo que sí está disponible, en lenguaje claro y accesible y la formación profesional para contextos de crisis, incorporando el manejo de limitaciones en los currículos universitarios y desmontando el currículo oculto.
- Promover, regularizar y reconocer profesionalmente a las doulas y promotoras de parto humanizado, en tanto figuras clave en hospitales con personal insuficiente o desinformado, es vital para comenzar a transformar el modelo de atención.
La transformación requiere pasar del reconocimiento formal a la exigibilidad práctica. Para ello, es urgente reglamentar la Ley. Un reglamento ideal debería incluir mecanismos accesibles de denuncia, protocolos especializados de investigación, un sistema sancionatorio gradual y medidas de reparación integral. Es decir, la construcción de una ruta de acompañamiento psicológico y asesoría legal especializada para la denuncia. Las estrategias para lograrlo pueden ir desde el litigio estratégico ante el TSJ, hasta la incidencia legislativa y el uso de mecanismos internacionales como CEDAW.
Mientras tanto, se pueden impulsar soluciones parciales como reglamentos internos hospitalarios y convenios con universidades para desarrollar protocolos de atención, formados por profesionales especializados. La organización comunitaria y la honestidad profesional son las principales herramientas para avanzar hacia un modelo de atención respetuosa en tiempos de crisis.
Venezuela enfrenta el desafío único de combatir la violencia obstétrica en medio del colapso sanitario. La paradoja es dolorosa: tenemos una de las definiciones legales más avanzadas de VO en América Latina, pero las mujeres siguen pariendo en condiciones de mucha vulnerabilidad. La lucha no termina en la denuncia; apenas comienza allí. Es momento de transformar el marco legal en acciones concretas, reconociendo las limitaciones sin renunciar a la dignidad. Porque incluso en emergencia, parir con dignidad es posible.
Referencias bibliográficas
- ENCOVI (2023). Encuesta Nacional de Condiciones de Vida.
- Codevida (2023). Informe sobre acceso a medicamentos esenciales.
- Flores Sequera, Mitzy y Villegas Rodríguez, América (2024). “¿Gineco-obstétrica o ginecobstétrica? Transición a una categoría de continuum en la definición de las violencias”. Revista venezolana de estudios de la mujer. Vol. 29, Nº 62, enero-junio 2024.
- Villegas, América y otras (2022). Informe ejecutivo: Estado de la atención ginecobstétrica durante la gestación, parto, nacimiento y puerperio inmediato en el sistema de salud venezolano. Caso: Gran Caracas. Camacaro Marbella (editora). Caracas. Libro digital.
[1] La violencia ginecobstétrica (VGO) refiere a una ampliación del término VO en tanto forma de violencia estructural que afecta a mujeres y otras identidades feminizadas a lo largo de todo el ciclo vital reproductivo. No se trata de hechos aislados, sino de un conjunto de prácticas y discursos que se perpetúan en la atención de los servicios de salud sexual y reproductiva. Para comprenderla, es necesario superar la división entre ginecología y obstetricia -herencia de una medicina positivista y tecnocrática- y reconocerla como un fenómeno continuo que fragmenta el cuerpo y despoja de autonomía a las usuarias de los servicios de salud.La categoría ginecobstétrica se propone como una herramienta analítica, epistemológica y política que visibiliza la imbricación de violencias físicas, simbólicas, emocionales, sociales e institucionales. Esta mirada integral permite denunciar, despatologizar y humanizar el continuum de la atención en salud, desde una perspectiva feminista de derechos (Flores y Villegas 2024).
[2] El informe ejecutivo Estado de la atención ginecobstétrica durante la gestación, parto, nacimiento y puerperio inmediato en el sistema de salud venezolano. Caso: Gran Caracas (2022) reporta 39% cesáreas y 61% partos en centros de salud públicos y 82% cesáreas y 18% partos en centros de salud privados, cifras que superan ampliamente el porcentaje de recomendaciones que la OMS hace (entre 10-15%).




